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Cuentas anuales ejercicio 2021

Nuevos modelos de cuentas anuales para el ejercicio 2021.

Publicada la Orden JUS/616/2022 de 30 de junio y Orden JUS/615/2022, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil. Dichos modelos están disponibles en la sección de IMPRESOS.

La aplicación gratuita D2 para la presentación telemática o digital ya es operativa.

AVISO IMPORTANTE COOPERATIVAS

Con fecha 14 de Diciembre de 2021 ha sido suscrito el convenio por el que se instrumenta el encargo de gestión para la presentación de asistencia tecnológica y soporte jurídico al registro de cooperativas de la comunidad valenciana. Entre las condiciones de dicho convenio y respecto al depósito de Cuentas  y la Legalización de Libros se dice:

“De conformidad con la disposición adicional sexta del Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo del Consell, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de la Comunitat Valenciana a fin de evitar duplicidad de trámites, las obligaciones legales relativas a la legalización de los libros de las cooperativas valencianas y las correspondientes al depósito de cuentas, se llevarán a cabo en los registros mercantiles de la Comunidad Valenciana bajo la dirección y coordinación del Colegio de Registradores, teniendo esta cláusula la consideración de convenio aludido a la citada disposición final. Los honorarios devengados por los depósitos de cuentas y legalización de libros de cooperativas valencianas, serán satisfechos por la Consellería de Economía Sostenible en la misma forma que se determina en la estipulación 4. Honorarios y forma de pago.”

      Es de advertir que durante el periodo transitorio del convenio, el registro procederá informáticamente a facturar los depósitos y los libros, factura que se abonará inmediatamente al presentante.

Cuentas anuales ejercicio 2020

Última hora !   Aviso Importante

Como consecuencia de los inconvenientes motivados por la inmediatez de la entrada en vigor de la Orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, este Registro Mercantil, informa:
  • 1.- Que el documento correspondiente a la hoja COVID, debe depositarse con las cuentas anuales del ejercicio 2020, si la presentación se ha producido después de las 23:59 del día 26 de julio de 2021.
  • 2.- Que todas aquellas sociedades que presenten las cuentas a partir de la fecha indicada, sin la hoja COVID, serán calificadas defectuosas y si éste es el único defecto del que adolecen las cuentas, no provocará los honorarios correspondientes a la calificación defectuosa.
  • 3.- Que el plazo de presentación de las cuentas anuales aprobadas durante el mes de junio, serán catalogadas en plazo, si su presentación se efectúa hasta las 23:59 horas del día 2 de agosto de 2021.

    Castellón a 29 de julio de 2021.

Publicados el día 26 de julio de 2021, los nuevos modelos oficiales de las cuentas anuales para el ejercicio 2020. Entrada en vigor el día 27 de julio de 2021.

Aquellas cuentas presentadas con los modelos anteriores, incluidas las del día 26 de julio de 2021, serán válidas.

Modelos Pyme, Abreviado, NormalModelos consolidados

Modelos cuentas anuales 2019

Disposición Final Octava del RDL 19/2020 publicado en el BOE de 27 de mayo de 2020.
Los plazos para la formulación de cuentas, legalización de libros, celebración de la Junta para la aprobación de las cuentas y depósito de las cuentas en el Registro, y sin perjuicio de poder presentarlo en cualquier momento, son los siguientes:

  • Para formulación de cuentas: Hasta el 31 de agosto de 2020
    (máximo 3 meses desde el 1 de junio)
  • Para legalización de libros: Hasta el 30 de septiembre de 2020
    (máximo 4 meses desde el 1 de junio)
  • Para celebrar la Junta de aprobación de cuentas: Hasta el 31 de octubre de 2020.
    (máximo 6 meses desde el 1 de junio)
  • Para depositar las cuentas en el RM: Hasta el 30 de noviembre de 2020
    (máximo 1 mes desde la fecha de celebración de la junta de aprobación)

Novedad: Al no haberse producido cambios normativos contables durante el año 2019, que afecten a los modelos de depósito de cuentas, ni haber sido necesaria ninguna corrección de los anexos asociados, los modelos a utilizar durante el año 2020 serán los publicados por la Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifica el Anexo I, Anexo II y Anexo III de la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación y la Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 124 de fecha 24 de mayo de 2019.

Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifican los Anexos I, II y III de la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.