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Para reducir en la mayor manera posible defectos en las cuentas anuales, se ha editado una guía con los defectos más frecuentes que se suelen cometer en la presentación de las cuentas anuales.


Importante: Las cuentas anuales que se presentan en formato digital (telemáticas, CD/DVD, usb) la fecha de expedición del certificado del acta de la junta, en la que consta la huella digital, debe ser igual o posterior a la fecha de generación de la propia huella. En caso de que la fecha expedición del certificado de la junta sea anterior, será motivo de defecto.

NOVEDAD: Conforme a la RDGSJFP de 9 de mayo de 2023 (BOE 29 de mayo de 2023) y RDGSJFP de 22 de diciembre de 2023 (BOE 14 de febrero de 2024), con respecto a la presentación telemática de las cuentas, NO SE ADMITIRÁN y serán calificadas con defecto todas aquellas certificaciones de acta de junta que no tengan la firma electrónica reconocida de los que las suscriben. Deberá por tanto incorporarse al envío el PDF firmado electrónicamente en el que se incluyan las firmas electrónicas cualificadas de quien/quienes expiden el certificado del acta de la junta. NO SERÁ VÁLIDO que se acompañe copia del PDF escaneada o fotocopiada, dado que en dicho caso el Registrador no puede comprobar la validez de las firmas.

El informe de auditoría, que en su caso acompañe a las cuentas anuales telemáticas, deberá constar en documento PDF firmado electrónicamente por el auditor de cuentas que conste inscrito en el Registro Mercantil para el ejercicio social auditado.

Existen dos formas de presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil:

  1. Forma telemática
  2. Forma presencial (papel / cd / usb)

Programa para general las cuentas digitales para su envío telemático o presentación en cd o dvd (no apto para su presentación en soporte papel en el Registro Mercantil)


Programa D2

Click aquí para la descarga de los modelos en PDF rellenables.

Se recuerda que:

  • La presentación de las cuentas anuales se debe realizar como máximo un mes después de la celebración de la Junta General que las apruebe, para que dicho depósito se encuentre en plazo.
  • Las fecha de expedición que se indique en la certificación, debe guardar coherencia con la fecha de la Junta.
  • La instancia de presentación debe constar firmada por el presentante.
  • El Registro Mercantil de Castellón aconseja la utilización de los modelos de certificados que se proporcionan ya que cumplen todos los requisitos necesarios que imponen los artículos 97 y 112 del Reglamento del Registro Mercantil.
  • La declaración de titularidad real, la declaración medioambiental y la declaración de autocartera (acciones o participaciones propias) deben constar firmadas por quien posea la facultad certificante.
  • Los datos que se declaren en los modelos normalizados, deben estar consignados en sus casillas correspondientes para no ser calificados defectuosos.
  • Instamos a que los usuarios utilicen los medios telemáticos, evitándose colas y esperas innecesarias.
  • Respecto de la presentación telemática que se efectúe en la última semana de julio, la carpeta que contenga la certificación del acta de la junta y los demás documentos no enviados por dicho procedimiento (presentación mixta), deberán presentarse en el Registro durante los 15 días naturales siguientes al envío.
  • Solicitamos que los documentos que se aporten, sean revisados antes de su presentación, puesto que la experiencia nos demuestra que la inmensa mayoría de defectos formales que impiden el depósito de las mismas podrían evitarse con dicha revisión.
  • No es necesario la sujeción de los documentos en el interior de la carpeta (clips, grapas o encuadernación de cualquier tipo.)

Para las consultas en referencia al procedimiento a seguir para la presentación telemática o en soporte disco, deberán de llamar al teléfono 91 270 17 97.